REFLEXIÓN SOBRE DISCRIMINACIÓN LABORAL POR MATERNIDAD/PATERNIDAD
RETO MÓDULO 1:
REFLEXIÓN SOBRE DISCRIMINACIÓN LABORAL POR MATERNIDAD/PATERNIDAD.
1. INTRODUCCIÓN,
CONTEXTO Y COLECTIVO AL QUE AFECTA DISCRIMINACIÓN.
La discriminación sobre la que me gustaría reflexionar
es DISCRIMINACIÓN LABORAL POR MATERNIDAD O PATERNIDAD, ya que ha sido una discriminación que he experimentado personalmente y me
gustaría profundizar en ella.
Este análisis está más enfocado desde una perspectiva de la empresa privada,
donde sufrí esta discriminación, que fue una de las razones por las que me hizo
decidir hacerme empleada pública y trabajar para la Administración, donde se disminuye
este tipo de discriminación.
La noticia de prensa que he elegido y donde se refleja
esta forma de discriminación es:
El contexto, lugar y colectivo al que afecta esta
discriminación, son mujeres y hombres en servicio
activo, en edad reproductiva, que deciden ser madres o padres trabajadores y
anuncia en su lugar de trabajo que están esperando un
hijo.
El trato hacia ellos puede cambiar de diferentes
formas como apartar al empleado de sus funciones propias:
· Pueden ser relegados a tareas
inferiores o apartados de funciones que antes eran propias de su puesto de
trabajo.
· Dejar de contar con su opinión,
evitar avisarlos en reuniones en las que antes solía asistir.
·
Evitar asignarle proyectos o
trabajos que antes solía hacer.
Al reincorporarse después de su
baja maternal o paternal pueden pasar varias cosas:
· Intentar que el trabajador o trabajadora salga del departamento o de la
empresa:
o
Haciendo una oferta para
acordar una salida negociada si se tiene un contrato fijo.
o
No renovando el contrato temporal como forma encubierta de despido.
o
Haciendo la vida imposible para que
ellos mismos decida irse voluntariamente sin su derecho a una
indemnización.
o Despido Injustificado, aunque está prohibido, y hay consecuencias legales para los empleadores, se siguen realizando.
· Falta de Oportunidades de Crecimiento Profesional:
o Pueden limitar sus oportunidades de
crecimiento, desarrollo profesional y su capacidad para asumir
responsabilidades más importantes.
o
Pueden ser apartados de funciones
que antes les eran propias, ser relegada a la realización de menos tareas o
tareas inferiores.
o Crear un techo de cristal en ascensos a cargos importantes, ya que son valorados negativamente y no consiguen méritos para el ascenso a un puesto de trabajo con mayores responsabilidades y mejor remunerado.
·
Acoso Laboral por Maternidad o
Paternidad:
o
Comentarios
despectivos, burlas o trato discriminatorio hacia las mujeres embarazadas o
madres o padres trabajadores.
o
El acoso puede
ser verbal o físico y crea un ambiente hostil en el lugar de trabajo.
· Negación de Beneficios o Flexibilidad Laboral:
o Pueden tener dificultades
para solicitar reducciones de jornada o permisos por maternidad o paternidad.
o
La falta de
apoyo en términos de horarios flexibles o licencias puede afectar su bienestar
y equilibrio entre trabajo y familia.
2. TIPO DE DISCRIMINACIÓN.
La DISCRIMINACIÓN LABORAL POR MATERNIDAD o PATERNIDAD se considera una DISCRIMINACIÓN DIRECTA POR
RAZÓN DE SEXO, en la medida en que se entiende como un trato desfavorable
hacia las mujeres relacionado con su embarazo o maternidad, se encuentra definida
en el artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para
la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la discriminación por embarazo o
maternidad.
La legislación entiende que es un trato desfavorable hacia las mujeres, tanto si están embarazadas como por cualquier situación relacionada o derivada del embarazo o la maternidad.
También, se produce un trato desfavorable hacia los hombres, que debido a su paternidad, quieren optar a sus derechos laborales, como el permisos de paternidad o reducción de jornada para cuidado de hijos, y como es habitual que esos permisos los disfruta la madre, comienza así el trato desfavorable hacia el padre.
El trato desfavorable por la maternidad y paternidad puede ir desde
prohibir su entrada en el mercado laboral, hasta crear un techo de cristal en
aumentos o cargos importantes, también incluyen la denegación oportunidades de
formación, la reducción de salario o de horas de trabajo e incluso puede llegar
a el acoso verbal o físico.
La Constitución Española en el artículo 14 dice que la
discriminación por cualquier razón de sexo, edad, género o por orientación
sexual, entre otras, está expresamente prohibida.
En el Estatuto de los Trabajadores (artículo 4.2.c, 17.1, 9.3, 28, 54.2
y 55.5), prohíbe la discriminación por embarazo.
Pese a que hay una amplia red legal que lo prohíbe, sigue ocurriendo esta discriminación debido a:
- Ingenuidad y desconocimiento de nuestros derechos laborales.
- Existe un cambio hormonal que experimenta la mujer en los primeros meses de vida del bebé y se intenta desestabilizar emocionalmente a la madre y cuando te dan a elegir entre quedarte en casa cuidándole o volver a trabajar, algunas mujeres deciden optar por quedarse con el bebé y renunciar a sus derechos laborales.
- Además, se puede crear un mal ambiente laboral en el departamento en el que trabajas, con cambios organizativos, como que tu cargo ha dejado de existir, lo han amortizado y cuando vuelves ya no tienes equipo, sin responsabilidades, con nuevas tareas con menor responsabilidad y probablemente en un horario distinto al que solicitas.
- Puede ser, que una persona haya ocupado tu puesto y dejan de contar contigo para tomar decisiones o para participar en reuniones o las convocan a horas a las que saben que no puede asistir o le asignan tareas que nadie quiere.
- En muchos casos, te hacen creer que no vales, que tener hijos ha hecho disminuir tu rendimiento (cuando suele pasar todo lo contrario porque estamos más motivados) y que eres tú quien toma voluntariamente de irte o buscar otra alternativa, como fue mi caso, estudiar una oposición para tener un trabajo público.
3. ESTRATEGIAS PARA ACABAR CON LA DISCRIMINACIÓN.
Para combatir la discriminación laboral por maternidad, se podrían realizar las siguientes estrategias y acciones que pueden contribuir a erradicar este problema.
- Aplicación real del Plan de Igualdad en las empresas
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, incluye acciones para evitar la discriminación de género y su eliminación, pero hay que fomentar su aplicación real, no que sea tan sólo un mero trámite.
- Sensibilización y formación del personal de Recursos Humanos
- Crear procesos de selección que no exista la posibilidad de discriminar en edad fértil. Por ejemplo, prohibir preguntar en las entrevistas de trabajo sobre las cargas familiares o planes de tener hijos.
- Amplia difusión de los derechos laborales de los trabajadores en periodo maternidad/paternidad:
- Es fundamental los progenitores conozcan sus derechos laborales durante el embarazo y posterior periodo de crianza.
- Las empresas y organizaciones deben proporcionar información clara sobre estos derechos a todos los empleados.
- Reformar la legislación laboral y de seguridad social:
- Es necesario revisar y actualizar las leyes para abordar específicamente la discriminación por maternidad y paternidad.
- Precisar conceptos relacionados con el embarazo, la maternidad y paternidad en las normativas laborales puede ayudar a prevenir situaciones discriminatorias.
- Abrir canales de denuncia y condena a quienes ejercen este tipo de discriminación e imponer diversas sanciones.
- Denunciar discriminación por embarazo a la Inspección de Trabajo,
- Denuncia de despido ante el Juzgado de lo Social.
- Por medio de sindicatos, representantes laborales o abogacía se puede reclamar un despido nulo, improcedente y la indemnización correspondiente.
- Canal de denuncias interno de la empresa en el caso de discriminación provenga de compañeros/as o superiores, activando protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo, abriéndose una investigación interna para esclarecer los hechos y tomar las medidas necesarias para su eliminación.
- Sancionar rigurosamente las violaciones a los derechos de protección de la gestación, el nacimiento y el puerperio:
- Las empresas y las autoridades deben aplicar sanciones efectivas cuando se detecten casos de discriminación por maternidad.
- Posibilidad de solicitar la reducción de jornada legalmente regulada:
- Los padres, tanto un progenitor cómo el otro, deben tener la opción de solicitar una reducción de jornada laboral si así lo desean.
- Esto les permite equilibrar sus responsabilidades familiares con su trabajo.
- Completar las prestaciones de la Seguridad Social por maternidad o paternidad:
- Garantizar que las prestaciones económicas durante ese período sean suficientes para cubrir las necesidades básicas.
- Esto reduce la presión financiera y permite a los progenitores centrarse en su salud y en el cuidado de sus hijos.
- Mejorar la conciliación
- Abrir más escuelas infantiles gratuitas de 0-3 años, ya que muchas veces se decide que el miembro de la familia que tenga el sueldo más bajo le compense más quedarse cuidando al bebé que trabajar.
4. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.
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